El 9 de noviembre de 2024 tuvo lugar en Barcelona la conferencia de la AHAJ. Como miembros jóvenes de la AHAJ, nos gustaría ofrecerles un breve resumen de nuestra experiencia en la conferencia y animarles a asistir al congreso anual en Segovia el 19 de junio de 2025, especialmente a los nuevos miembros. También incluiremos un breve resumen del contenido de las ponencias. Como es habitual en la AHAJ, el texto está redactado en ambos idiomas.
La noche anterior a la conferencia, los participantes tuvieron la oportunidad de asistir a una cena informal en el restaurante Citrus. Además de las delicias culinarias, el evento ofreció la oportunidad de conocer en persona a nuevos participantes.
La conferencia tuvo lugar a la mañana siguiente en la octava planta del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona. Además de las impresionantes vistas, pudimos escuchar dos ponencias sobre el derecho procesal civil en Alemania y España.
Tras la llegada de todos los participantes en la conferencia, esta comenzó con la bienvenida del presidente de la AHAJ, Lutz Carlos Moratinos Meissner, y del decano del Colegio de Abogados de Barcelona, Jesús M. Sánchez García. Se guardó un minuto de silencio en memoria de las víctimas de las inundaciones en Valencia y sus alrededores.
La primera ponencia se centró en el procedimiento civil en España. La presentó el impresionante ponente Juan Pablo Correa, junto con José Maria Fernández Seijo. Ambos ponentes se turnaron para ofrecer una visión general de la estructura de los tribunales civiles, el desarrollo del proceso civil y la situación actual del proceso civil en España. Además, se destacó la figura del procurador, ajena al derecho alemán.
Tras una breve pausa, tuvo lugar la segunda ponencia sobre el proceso civil en Alemania. La ponente, Kornelia Toporzysek (magistrada del Tribunal Regional Superior de Düsseldorf), presentó la estructura de los tribunales ordinarios, la jerarquía de las instancias, el desarrollo del proceso civil y las particularidades de la aplicación del derecho extranjero.
La conferencia concluyó con una mesa redonda en la que los participantes examinaron críticamente el plazo para presentar la defensa, que muchos de ellos consideraron demasiado corto en el derecho procesal español. La conferencia fue moderada por Fernando Lozano.
A continuación, se ofrece un breve resumen de las ponencias presentadas.
I. Derecho procesal en España
La ponencia de Juan Pablo Correa y José Maria Fernández Seijo se centró en las características del proceso civil español, sus particularidades y los desafíos que presenta en comparación con el sistema procesal alemán. A continuación, se resumirán los puntos clave tratados.
En España, el sistema judicial está organizado en juzgados de lo civil y de lo mercantil, cada uno con competencias claramente diferenciadas. Los problemas de reparto y tramitación de los casos, especialmente en grandes ciudades, son una constante preocupación. Además, la litigación en masa ha emergido como un desafío significativo.
El proceso civil en España involucra dos figuras esenciales: el abogado y el procurador. Desde la perspectiva alemana, el representante autorizado desempeña un papel supuestamente redundante, pero juega un papel importante en la representación y formalización de actos procesales. Los abogados, por su parte, son clave en la gestión de procedimientos complejos, donde se requiere un análisis detallado de las circunstancias legales.
El fenómeno del “forum shopping” es una preocupación constante en España, especialmente en procedimientos donde las partes pueden elegir el fuero más favorable. Además, se discutieron las particularidades de los procedimientos relacionados con patentes, marcas y acuerdos de reestructuración, áreas en las que la elección del foro es determinante para el resultado del proceso.
El sistema procesal español es conocido por su rigidez en cuanto a los plazos, destacándose la controversia sobre el plazo de 20 días para contestar a una demanda, lo que puede suponer una vulneración del derecho a la defensa, especialmente en casos con partes extranjeras involucradas. El ponente, Juan Pablo Correa, destacó la problemática del plazo para contestar
una demanda, señalando que su duración es excesivamente corta, lo que facilita que se presenten complicaciones y dificultades para formular una respuesta adecuada y ejercer correctamente el derecho de defensa.
A lo largo de la presentación también se destacó la importancia del Real Decreto-ley 6/2023, que introdujo importantes modificaciones para mejorar la eficiencia procesal. También se trató la figura del “procedimiento testigo”, que busca simplificar ciertos trámites, y la extensión de las ejecuciones en procedimientos que involucran condiciones generales.
Finalmente, se abordaron las restricciones al acceso a la justicia, especialmente a través de las tasas judiciales y las limitaciones para acceder a la segunda instancia o a la casación. Estas barreras afectan principalmente a los consumidores y a la resolución de litigios en el ámbito del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En conclusión, la jornada ofreció una visión integral del proceso civil español, subrayando tanto sus fortalezas como sus debilidades, e identificando áreas clave para mejorar la eficiencia y el acceso a la justicia.
Tras la presentación, hubo ocasión de tomar un pequeño refrigerio.
II. Derecho procesal en Alemania
Tras la pausa, en la que mantuvimos muchas conversaciones interesantes y pudimos establecer nuevos contactos, Kornelia Toporzysek, Magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Düsseldorf, continuó la serie de ponencias. La presentación trató el proceso civil en el derecho alemán, desde el procedimiento general y los procedimientos en las distintas instancias hasta sus particularidades, de forma que pudimos tener una buena visión de conjunto del proceso civil en Alemania y al mismo tiempo reconocer algunas diferencias con el derecho español.
Comenzó explicando la estructura de la jurisdicción ordinaria en Alemania, con los tribunales locales, los tribunales regionales, los tribunales regionales superiores y, por último, el Tribunal Federal de Justicia. La competencia por razón de la materia de los respectivos tribunales desempeña aquí un papel fundamental. Por ejemplo, los tribunales locales tienen actualmente competencia en función del valor en litigio para litigios relativos a reclamaciones de hasta un valor de 5.000 euros o competencia independiente del valor en litigio, por
ejemplo, en derecho de arrendamiento de viviendas o derecho de viajes. El tribunal regional tiene competencia en razón de la materia para litigios con un valor en litigio superior a 5.000 euros o independientemente del valor en litigio en los casos regulados por la ley. La distinción puede ser difícil de hacer en casos individuales.
También se explicó la próxima modificación de la ley para elevar el umbral de la cuantía en litigio. En el futuro, los tribunales locales serán competentes hasta una cuantía en litigio de 8.000 euros.
El Tribunal Regional Superior también podrá ser competente en primera instancia en determinados casos regulados por ley.
En cambio, el Tribunal Federal Supremo solamente es un tribunal de comprobación de decisiones.
En la segunda parte de la presentación, la ponente explicó el proceso de apelación en los procedimientos civiles, es decir, qué tribunal decide sobre las apelaciones. También resultaron muy instructivas las explicaciones sobre los procedimientos en las distintas instancias y sus particularidades, especialmente en lo relativo a la importancia de las costas judiciales y los distintos plazos.
Hay que destacar la forma de diálogo jurídico en el proceso civil, en el que el juez trabaja para lograr un entendimiento entre las partes a lo largo de todo el proceso, sobre todo en comparación con el derecho procesal español. Además, existe una mayor flexibilidad en el procedimiento oral y en la comunicación entre el juez y las partes. A diferencia de lo que es habitual en España, también existe la posibilidad de ampliar el plazo.
Después de una breve pausa para café y conversaciones, se celebró el último punto del evento, la mesa redonda.
III. Mesa redonda
En la mesa redonda participaron Juan Pablo Correa, Esther Sanz Borrueco, Johannes Pitsch, Kornelia Toporzysek y Lutz Carlos Moratinos Meissner, presidente de la asociación. Durante el debate, se abordaron diversas situaciones complejas que enfrentan los abogados en la gestión de casos internacionales.
Uno de los temas centrales fue el plazo para contestar la demanda en ambos sistemas jurídicos. En el derecho procesal civil español, según el artículo 404 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), el demandado dispone de 20 días hábiles para presentar su contestación. Un plazo considerado rígido que puede complicar la recopilación de documentos, sus traducciones y la coordinación con el cliente, especialmente en casos transfronterizos. Por su parte, el derecho procesal civil alemán, conforme al § 274 de la Zivilprozessordnung (ZPO), permite al tribunal fijar un plazo adaptado a las circunstancias del caso, ofreciendo una mayor flexibilidad.
Ante estas diferencias procesales, se debatieron estrategias para enfrentar las limitaciones temporales en España, como la posibilidad de interponer una declinatoria según el artículo 64 LEC, que permite suspender el proceso (y por ende, el plazo de contestación a la demanda) al cuestionar la competencia del tribunal, la sumisión a arbitraje o la falta de jurisdicción. No obstante, hubo consenso entre los asistentes sobre la importancia de utilizarlo de manera legítima, recalcando que no debe emplearse como mero mecanismo dilatorio, sino como una herramienta procesal adecuada para garantizar la correcta defensa de los intereses de las partes. En cualquier caso, los ponentes hicieron hincapié en la importancia de conocer la fecha exacta de notificación de la demanda para gestionar adecuadamente los plazos procesales.
Otro tema de especial interés fue el papel del informe pericial y de los peritos en ambos sistemas jurídicos. En el derecho procesal civil español, la LEC permite a las partes presentar informes periciales junto con sus escritos de demanda o contestación (artículo 336 LEC), y el tribunal puede designar peritos cuando lo considere necesario (artículo 339 LEC). En cambio, en Alemania, el juez asume un rol más activo en la práctica de la prueba pericial. Conforme al § 144 ZPO, el tribunal puede ordenar de oficio la realización de una prueba pericial, y el § 404 ZPO establece que el juez es responsable de designar al perito, aunque las partes pueden proponer candidatos. De modo que, tras varias intervenciones, se llegó a la conclusión que mientras en Alemania el juez puede intervenir conforme al §139 ZPO para asegurar que se recojan todas las pruebas necesarias para la resolución del caso. Al modificar el principio de negociación de este modo, el tribunal puede influir en las presentaciones de las partes. En España el proceso depende en mayor medida de la iniciativa de las partes.
Gracias a la activa participación de los asistentes, el debate resultó ameno y productivo, especialmente para quienes, en su práctica jurídica, gestionan casos transfronterizos entre España y Alemania.
A continuación, tuvo lugar una cena en Cachitos. En un ambiente agradable, intercambiamos ideas y establecimos nuevos contactos. En esta ocasión, había muchos juristas jóvenes presentes, repartidos en varias mesas.
Tras la cena, la velada terminó en un ambiente acogedor. Para algunos participantes en la conferencia, el programa nocturno terminó en un bar de baile cercano.
El domingo, Dr. Pol Fontboté Pradilla organizó una visita guiada por el casco antiguo de Barcelona. Como barcelonés pudo mostrar a los participantes numerosos lugares que permanecen ocultos para muchos turistas.
Como jóvenes juristas, podemos confirmar que la AHAJ es una comunidad de amigos y colegas caracterizada por la cercanía, la apertura y la solidaridad.
Hemos sido recibidos con una cálida acogida y nos hemos sentido muy cómodos.
Nos gustaría expresar nuestro agradecimiento por esta gran experiencia y por el enriquecedor intercambio de ideas.
Ya estamos deseando que llegue el congreso anual, que se celebrará del 19 al 21 de junio de 2025 en Segovia.
Autores: Laura Salamanca Santos, Carla Sans Argilés, Pía Mur Llevat und Alfons Pollinger Hidalgo
